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Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
Materia: Educación
REFÓRMANSE LOS ARANCELES DE LOS INSTITUTOS NACIONALES DE LA REPÚBLICA

DECRETO EJECUTIVO N°. 6, aprobado el 08 de abril de 1940

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 113 del 22 de mayo de 1940

No 6

El Presidente de la República,

Decreta:

Único: — Reformar los Aranceles de los Institutos Nacionales de la República, en la forma siguiente:

Por derecho de matrícula C$ 4.30
Por derecho de examen final de curso (por asignatura) 1.60
Por derecho de examen extraordinario de asignatura 3.20
Por derecho de examen general de grado 30.00
Derechos de la Dirección

Por cada examen ordinario de asignatura 0.15
Por cada examen extraordinario de asignatura 0.35
Por la sustanciación de las solicitudes para examen general de grado 1.50
Por el conferimiento del título 3.00
Derechos de la Secretaría

Por cada matricula 0.20
Por cada examen ordinario de asignatura 0.15
Por cada examen extraordinario de asignatura 0.35
Por tramitación de las solicitudes de examen general 1.00
Por una certificación para examen general y expedición de título 3.00
Por una certificación cualquiera 1.50
Por reposición de título 4.00
Por un atestado de interés particular que haya de obrar fuera de la República 3.00

Comuníquese — Casa Presidencial — Managua, D N., 8 de Abril de 1940. — SOMOZA — El Subsecretario de Instrucción Pública y Educación Física, Alejandro Argüello Montiel.

Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.

El Decreto Ejecutivo N°. 6, Refórmanse los Aranceles de los Institutos Nacionales de la República, se encuentra incorporado en el Anexo III Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Educación.
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