Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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OTORGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACIÓN ACCIÓN VERDE PARA NICARAGUA

DECRETO A.N. N°. 853, aprobado el 21 de junio de 1994

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 157 del 23 de agosto de 1994

DECRETO A.N. N°. 853

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo Nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades;

HA DICTADO

El siguiente

DECRETO

Arto. 1. – Otórgase Personalidad Jurídica a la Asociación Acción Verde para Nicaragua, Asociación Civil sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en la ciudad de Managua.

Arto. 2. – La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Arto. 3. – La Asociación Acción Verde para Nicaragua, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás leyes de la República.

Arto. 4.- El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintiún días del mes de Junio de mil novecientos noventa y cuatro. Luis Humberto Guzmán Area.- Presidente de la Asamblea Nacional, Francisco Duarte Tapia, Secretario de la Asamblea Nacional.

Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, Once de Agosto de mil novecientos noventa y cuatro.- Violeta Barrios de Chamorro, Presidenta de la República de Nicaragua.
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