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Categoría normativa: Decretos Legislativos
Materia: Sistema de Administración Financiera


SE AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO PARA EFECTUAR EN EL PRESUPUESTO GENERAL DE INGRESOS Y EGRESOS UNAS TRANSFERENCIAS DE PARTIDAS DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

DECRETO LEGISLATIVO N°. 359, aprobado el 09 de octubre de 1958

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 244 del 24 de octubre de 1958

El Presidente de la República,

a sus habitantes,

Sabed:

Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:

Decreto No. 359

La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua,

Decretan:

Arto. 1o — Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar en el Presupuesto de Ingresos y Egresos vigente la siguiente transferencia de Partidas del Ministerio de Educación Pública;



Arto. 2o — La presente Ley entrará en vigor desde la fecha de su publicación en «La Gaceta», Diario Oficial.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. — Managua, D. N., 2 de Octubre de 1958. — (f) A. Montenegro, D. P. — Salvador Castillo, D. S. — (f) J. Castillo A., D. S.

Al Poder Ejecutivo, Cámara del Senado, Managua, D. N., 9 de Octubre de 1958. — (f) — Alejandro Abaúnza E., S. P. — (f) Pablo Rener, S. S. — Enrique Belli, Ch., S.S.

Por Tanto, Ejecútese, Casa Presidencial, Managua, D. N., 13 de Octubre de 1958. — (f) LUIS A. SOMOZA D., Presidente de la República — (f) Karl J. C. H., Hueck, Ministro de Hacienda y Crédito Público.

Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.

El Decreto Legislativo Nº. 359, Se Autoriza al Poder Ejecutivo para Efectuar en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos unas Transferencias de Partidas del Ministerio de Educación Pública, se encuentra incorporado en el Anexo III, Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Sistema de Administración Financiera.
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