AUTORÍZASE AL PODER EJECUTIVO PARA EFECTUAR EN EL PRESUPUESTO DE INGRESOS Y EGRESOS VIGENTE, TRANSFERENCIAS DE PARTIDAS DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
DECRETO LEGISLATIVO N°. 749, aprobado el 24 de septiembre de 1962
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 228 del 06 de octubre de 1962
Transferencia de Partidas en Educación Pública
El Presidente de la República,
a sus habitantes,
Sabed:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
Decreto No. 749
La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua,
Decretan:
Arto. 1. — Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar en el Presupuesto de Ingresos y Egresos de 1962-1963, la siguiente transferencia de partidas del Ministerio de Educación Pública:
Arto. 2. — La presente Ley entrará en vigor desde la fecha de su publicación en “La Gaceta”, Diario Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. — Managua, D.N. 12 de septiembre de 1962. — (f) J. J Morales Marenco. — (f) J. Zepeda A., DS.,- (f) F. Medina DS.
Al Poder Ejecutivo. — Cámara del Senado. Managua, D.N. 24 de Septiembre de 1962. — (f) Mariano Argüello, SP. — (f) Pablo Rener, SS. — (f) Enrique Belli, SS.
Por Tanto: Ejecútese. — Casa Presidencial. — Managua, 27 de Septiembre de 1962. — (f) LUIS A. SOMOZA D., Presidente de la República. — (f) Gonzalo Meneses Ocón, Ministro de Hacienda y C.P.
Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.
El Decreto Legislativo Nº. 749, Autorízase al Poder Ejecutivo para Efectuar en el Presupuesto de Ingresos y Egresos Vigente, Transferencias de Partidas del Ministerio de Educación Pública, se encuentra incorporado en el Anexo III, Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Sistema de Administración Financiera.