SE OTORGA ASIGNACIÓN PRESUPUESTARIA PARA LA RECONSTRUCCIÓN DEL HOSPITAL VICTORIA DE JINOTEGA
DECRETO LEGISLATIVO, aprobado el 13 de febrero de 1929
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 50 del 28 de febrero de 1929
El Presidente de la República,
a sus habitantes,
Sabed:
Que el Congreso Ha ordenado lo siguiente:
El Senado y Cámara de Diputados de la República de Nicaragua,
Decretan:
Art. 1o- Vótase la cantidad de cinco mil córdobas, para la reconstrucción del edificio del Hospital "Victoria" de Jinotega, suma que se le entregará para tal fin a la Junta de Beneficiencia de la misma ciudad.
Art.2o- Esta suma se tomará del Superávit, o de cualquier partida disponible.
Art.3o.- Esta Ley empezará a regir desde su publicación en La Gaceta.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados.-Managua, 13 de Febrero de 1929. -Ant. Cruz Hurtado, D.P.- C.Salv.Pineda; D. S. Gustavo Paguága, D.S.
Al Poder Ejecutivo- Cámara del Senado-Managua, 13 de febrero de 1929- J. Demetrio Cuadra, S.P.- H. A. Castellón, S.S.- Daniel Velásquez, S.S.
Por tanto: ejecútese- Casa Presidencial-Managua, 15 de febrero de 1929- J.M. Moncada, Presidente de la República- R. González, Ministro de Higiene y de Beneficiencia Públicas.
Observación: El Decreto Legislativo, Se Otorga Asignación Presupuestaria para la Reconstrucción del Hospital Victoria de Jinotega, se encuentra incorporado en el Anexo III, Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Sistema de Administración Financiera.