Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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[OTÓRGUESE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO RURAL Y URBANO DE NUEVA SEGOVIA (FUNDERUNS)]

DECRETO A. N. N°. 5388, aprobado el 13 de marzo de 2008

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 74 del 21 de abril de 2008

DECRETO A. N. No. 5388

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades;

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO

Artículo. 1. Otórguese Personalidad Jurídica a la FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO RURAL Y URBANO DE NUEVA SEGOVIA (FUNDERUNS); sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de Ocotal.

Art. 2. La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Art. 3. La FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO RURAL Y URBANO DE NUEVA SEGOVIA (FUNDERUNS); estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Art. 4. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los trece días del mes de Marzo de año dos mil ocho. ING. RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ, Presidente de la Asamblea Nacional. DR. WILFREDO NAVARRO MOREIRA, Secretario de la Asamblea Nacional.
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Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
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Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 281.
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