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DECRETO POR EL QUE SE CONMUTA LA PENA Á UN REO
DECRETO LEGISLATIVO, aprobado el 02 de marzo de 1889
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 22 del 20 de marzo de 1889
Decreto por el que se conmuta la pena á un reo.
El Presidente de la República,
á sus habitantes.
Sabed:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
El Senado y Cámara de Diputados de la República de Nicaragua,
Decretan:
Único - Conmútanse con dos meses de prisión las penas á que fué condenado el reo Leopoldo Beteta, por los delitos de atentado y desacato contra la autoridad del Alcalde 1° de la ciudad de Rivas.
Dado en el Salón de sesiones de la Cámara del Senado. - Managua 1° de marzo de 1889 - Dm. Salinas, P. - A. H. Rivas, S. - Santana Romero, S.
Al Poder Ejecutivo Salón de sesiones de la Cámara de Diputados. – Managua, marzo 2 de 1889. - Agustín Duarte, P. - Manuel Usaga, S. - Juan Salinas, S.
Por tanto: Ejecútese. Masaya, 7 de marzo de 1889. - E. Carazo - Al Señor Ministro de Justicia, Managua David Osorno.
Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.