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Sin Vigencia
(OTÓRGUESE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA “ASOCIACIÓN COMUNITARIA SOLUCIONES”)
DECRETO A. N. N°. 6075, aprobado el 30 de julio de 2010
DECRETO A. N. No. 6075
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 136 del 20 de julio de 2010
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la “ASOCIACIÓN COMUNITARIA SOLUCIONES”, y podrá identificarse con las siglas: ACS; sin fines de lucro, de noventa y nueve años y con domicilio en la Comarca Las Pilas del Municipio de El Crucero, Departamento de Managua.
Art. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Art. 3 La “ASOCIACIÓN COMUNITARIA SOLUCIONES”, y podrá identificarse con las siglas: ACS; estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los treinta días del mes de Junio del año dos mil diez. Ing. René Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional. Dr. Wilfredo Navarro Moreira, Secretario de la Asamblea Nacional.