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Sin Vigencia
[OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA FUNDACIÓN CRUZADA CIUDADANA POR LA DEMOCRACIA (C.C.D.)]
DECRETO A.N. N°. 3673, aprobado el 25 de septiembre de 2003
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 212 del 07 de noviembre de 2003
DECRETO A.N. No. 3673
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
Hace saber al pueblo nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Arto. 1. Otórgase Personalidad Jurídica a la FUNDACIÓN CRUZADA CIUDADANA POR LA DEMOCRACIA (C.C.D.), sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la ciudad de Managua, Departamento de Managua.
Arto. 2. La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Arto. 3. La FUNDACIÓN CRUZADA CIUDADANA POR LA DEMOCRACIA (C.C.D.), estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás leyes de la República.
Arto. 4. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veinticinco días del mes de Septiembre del año dos mil tres. JAIME CUADRA SOMARRIBA, Presidente de la Asamblea Nacional.- MIGUEL LOPEZ BALDIZON, Secretario de la Asamblea Nacional.
Por tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, veintitrés de octubre del año dos mil tres. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER, Presidente de la República de Nicaragua.