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Sin Vigencia
SE DECLARA SUJETOS AL FUERO DE GUERRA Á LOS EMPLEADOS DEL TELÉGRAFO
DECRETO EJECUTIVO, aprobado el 18 de diciembre de 1893
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 95 del 20 de diciembre de 1893
Se declara sujetos al fuero de la guerra á los empleados del telégrafo.
El Presidente de la República
Acuerda:
Declarar sujetos al fuero de guerra á los Telegrafistas, Inspectores, Mensajeros y Guardas de telégrafos, y en consecuencia sometidos á las penas, establecidas en el Código Militar, por las faltas y delitos que comentan en el ejercicio de sus funciones.
Comuníquese – Managua, 18 de Diciembre de 1893 – Zelaya – El Ministro de la Guerra – Baca, h.
Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.
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Observación: El Título de esta norma es conforme la publicación de la Ley N°. 1159 Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Justicia Penal. Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 32 del 20 de febrero del 2024.