Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACIÓN COLECTIVO RURAL AGRÍCOLA EL AGUACATE (C.R.A.A.)

DECRETO A.N. N°. 987, aprobado el 14 de marzo de 1995

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 122 del 30 de junio de 1995

OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACIÓN COLECTIVO RURAL AGRÍCOLA EL AGUACATE (C.R.A.A.)

Decreto A.N. No. 987

El Presidente de la República de Nicaragua

Hace saber al pueblo Nicaragüense que:

La Asamblea Nacional de la República de Nicaragua

En uso de sus facultades;

Ha Dictado

El siguiente:

Decreto

Arto.1.-Otórgase Personalidad Jurídica a la Asociación Colectivo Rural Agrícola el Aguacate (C.R.A.A.), Asociación Civil sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en la ciudad de Jinotepe. Departamento de Carazo.

Arto. 2.-La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Arto. 3.-La Asociación Colectivo Rural Agrícola El Aguacate (C.R.A.A.), estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de Lucro y demás leyes de la República.

Arto. 4.-El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los catorce días del mes de Marzo de mil novecientos noventa y cinco.-Luis Humberto Guzmán, Presidente de la Asamblea Nacional. Julia Mena Rivera, Secretaria de la Asamblea Nacional.

Por tanto publíquese y Ejecútese, Managua, seis de Abril de mil novecientos noventa y cinco. Violeta Barrios de Chamorro, Presidente de la República de Nicaragua.
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