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Sin Vigencia
[OTORGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACIÓN PARA LA INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO DE LOS PUEBLOS (ANDES)]
DECRETO A.N. N°. 3047, aprobado el 25 de septiembre de 2001
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 199 del 19 de octubre de 2001
Decreto A.N. N°. 3047
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
Hace saber al pueblo de nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades:
HA DICTADO
El siguiente
DECRETO
Arto. 1. Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN PARA LA INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO DE LOS PUEBLOS (ANDES) sin fines de lucro, de duración indefinida.
Arto. 2. La representación legal de esta asociación será ejercida en la forma en que determinen sus Estatutos.
Arto. 3. La ASOCIACIÓN PARA LA INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO DE LOS PUEBLOS (ANDES), está obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la Republica.
Arto. 4. El presente Decreto entrara en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veinticinco días del mes de Septiembre del dos mil uno –PEDRO JOAQUÍN RÍOS CASTELLÓN, Secretario de la Asamblea Nacional.
Por tanto, publíquese y ejecútese. Managua doce de Octubre del año dos mil uno ARNOLDO ALEMÁN LACAYO, Presidente de la Republica de Nicaragua.