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LEY DE ADICIÓN A LA LEY N°. 737, LEY DE CONTRATACIONES ADMINISTRATIVAS DEL SECTOR PÚBLICO
LEY Nº. 1180, aprobada el 13 de diciembre de 2023
Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 228 de 15 de diciembre de 2023
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
A sus habitantes, hace saber:
Que,
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
Ha ordenado lo siguiente:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades,
HA DICTADO
La siguiente:
LEY Nº. 1180
LEY DE ADICIÓN A LA LEY Nº. 737, LEY DE CONTRATACIONES ADMINISTRATIVAS DEL SECTOR PÚBLICO
Artículo primero: Adición a la Ley Nº. 737, Ley de Contrataciones Administrativas del Sector Público Adiciónese el numeral 6 al artículo 5 de la Ley Nº. 737, Ley de Contrataciones Administrativas del Sector Público, cuyo texto consolidado fue publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 170 del 21 de septiembre de 2023, el que se leerá así:
"Artículo 5 Materia Excluida
.../
6. La adquisición de boletos aéreos internacionales que se realicen en línea a través de plataformas digitales, autorizados por la Presidencia de la República".
Artículo segundo: Vigencia
La presente Ley entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en cualquier medio de comunicación social escrito o digital, sin perjuicio de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones de la Asamblea Nacional, en la ciudad de Managua a los trece días del mes de diciembre del año dos mil veintitrés. Dip. Loria Raquel Dixon Brautigam, Primera Secretaria de la Asamblea Nacional.
Por tanto. Téngase como Ley de la República. Publíquese y Ejecútese. Managua, el día catorce de diciembre del año dos mil veintitrés. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua.