Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA FUNDACIÓN GRUPO ECODESARROLLO

DECRETO A. N. N°. 1323, aprobado el 27 de mayo de 1996

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 135 del 18 de julio de 1996

OTORGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA FUNDACIÓN GRUPO ECODESARROLLO

DECRETO A.N. No. 1323

El Presidente de la República de Nicaragua

Hace saber al pueblo Nicaragüense que:

La Asamblea Nacional de la República de Nicaragua

En uso de sus facultades;

Ha Dictado

El siguiente:

Decreto

Arto. 1.- Otórgase Personalidad Jurídica a la Fundación Grupo Ecodesarrollo, Fundación Civil sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en la Ciudad de Managua.

Arto. 2.- La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Arto. 3.- La Fundación Grupo Ecodesarrollo, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás leyes de la República.

Arto. 4.- El Presente Decreto entrara en vigencia desde la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintisiete días del mes de Mayo de mil novecientos noventa y seis.- Cairo Manuel López.-Presidente de la Asamblea Nacional.- Jaime Bonilla. - Secretario de la Asamblea Nacional.

Por Tanto: Publíquese y Ejecútese, Managua, dos de Julio de mil novecientos noventa y seis. - Violeta Barrios de Chamorro.- Presidente de la República de Nicaragua.
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