Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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Sin Vigencia

(OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACIÓN MUNICIPAL DE ECOTURISMO EL CASTILLO, AMEC)

DECRETO A.N. N°. 2056, aprobado el 14 de octubre de 1998

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 247 del 19 de diciembre de 1998

DECRETO A. N. No. 2056

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades;

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO

Arto. 1. Otórgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN MUNICIPAL DE ECOTURISMO EL CASTILLO, AMEC, sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en la ciudad del Castillo, Departamento de Río San Juan.

Arto. 2. La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma en que sus Estatutos lo determinen.

Arto. 3. La Asociación Municipal de Ecoturismo El Castillo, AMEC, está obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Arto. 4. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en cualquier medio de comunicación social escrito, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los catorce días del mes de Octubre de mil novecientos noventa y ocho. - IVÁN ESCOBAR FORNOS, Presidente de la Asamblea Nacional. - NOEL PEREIRA MAJANO, Secretario de la Asamblea Nacional.

POR TANTO:

Publíquese y ejecútese. Managua, dieciséis de Diciembre de mil novecientos noventa y ocho.- ARNOLDO ALEMÁN LACAYO, Presidente de la República de Nicaragua.
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Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
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