IR A LEGISLACIÓN DE NICARAGUA
Legislación de Nicaragua
Normas Jurídicas
...
_Publicación oficial
Categoría normativa: Acuerdo Ejecutivo
Materia: Cultura

Enlace a Legislación Relacionada

DECLÁRASE DÍA DEL CUERPO DE BOMBEROS, EL 25 DE JULIO DE CADA AÑO

ACUERDO EJECUTIVO N°. 405, aprobado el 23 de julio de 1946

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 157 del 26 de julio de 1946

N°. 405

El Presidente de la República,

Considerando:

Que el Cuerpo de Bomberos de Managua, es una Noble Institución que merece un día consagratorio de sus altos anhelos patrióticos.

Acuerda:

Único: Declárase Día del Cuerpo de Bomberos, el 25 de Julio de cada año, para los fines de que en esa fecha, dicha Institución, año con año reciba el homenaje consagratorio por su desinteresada labor de cooperación social.
Comuníquese. Casa Presidencial. - Managua, D. N., 23 de Julio de 1946. - SOMOZA. - El Ministro de la Gobernación y Anexos, C. A. Morales.
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
Complejo Legislativo "Carlos Núñez Téllez"
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Gral. Benjamín Zeledón, 7mo. Piso
Teléfono Directo: 2276-8460. Ext.: 281
Enviar sus comentarios a: Dirección de Información Legislativa