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Sin Vigencia
(SE APRUEBAN LOS ACTOS DEL PODER EJECUTIVO EN EL RAMO DE INSTRUCCIÓN PÚBLICA)
DECRETO LEGISLATIVO N°. 10, aprobado el 15 de enero de 1923
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 36 del 14 de febrero de 1923
Decreto No. 10
El Senado y Cámara de Diputados de la República de Nicaragua,
Decretan:
Unico.- Aprobar los actos del Poder Ejecutivo, en el ramo de Instrucción Pública, con que ha dado cuenta el respectivo Secretario de Estado, verificados desde el primero de diciembre de 1921 hasta el treinta y uno de octubre de 1922.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados.- Managua, 15 de enero de 1923.- Manuel Vargas.- D. P.- Antonio Falla, D. S.- Luciano García, D. S.
Al Poder Ejecutivo.- Cámara del Senado.- Managua, 30 de enero de 1923.- Mariano Lacayo, S V. P.- M. J. Morales, S. S.- J. L. Salazar.- S. S.
Por tanto: Publíquese.- Casa Presidencial.- Managua, 30 de enero de 1923.- Diego M. Chamorro.- El Ministro de Instrucción Pública.- Juan J. Ruíz.