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Legislación de Nicaragua
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Categoría normativa: Decretos Legislativos
Materia: Telecomunicaciones y Servicios Postales

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Sin Vigencia

DECRETO ESTABLECIENDO QUE ES DEL RESORTE DEL PODER EJECUTIVO EXPEDIR LOS REGLAMENTOS Y ÓRDENES CONVENIENTE PARA EL ESTABLECIMIENTO DE CORREOS DEL PUNTO DE SU RESIDENCIA A LOS DEMAS DEL ESTADO

DECRETO LEGISLATIVO S/N, aprobado de 24 de abril de 1845

Publicado en el Registro Oficial, N° 14 del 26 de abril de 1845

El Supremo Poder Ejecutivo se ha servido dirijirme la resolución siguiente.

El Director del Estado de Nicaragua a sus habitantes.

Por cuanto la Asamblea Legislativa ha decretado lo siguiente.

El Senado y Cámara de Representantes del Estado de Nicaragua constituidos en Asamblea.

RESUELVEN

Que siendo del resorte del Poder Ejecutivo expedir los reglamentos y órdenes que estime convenientes para facilitar y asegurar la ejecución de las leyes, pueda dictar los que crea necesarios, para el establecimiento de correos del punto de su residencia a los demás del Estado, asignando sus respectivas dotaciones.

Sala del Senado – San Fernando Abril 24 de 1845 – Pedro E. Alemán Senador Secretario – Dionicio Zapata Senador Secretario.

Salón de la Cámara de Representantes. - San Fernando Abril 24 de 1845.

Al poder Ejecutivo. – Eduardo Castillo R.S.- José Estanislao González. R.S.

Por tanto: Ejecútese. San Fernando Abril 24 de 1845.- José León Sandoval – Al Secretario del despacho general.

Y de órden suprema lo insto a U. para su Publicación y circulación en el Departamento de su mando, esperando recibo.

Alemán.


Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.
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