Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACIÓN MUJERES DE NICARAGUA CONCIENCIA

DECRETO A. N. N°. 715, aprobado el 11 de febrero de 1994

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 58 del 23 de marzo de 1994

OTORGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACIÓN MUJERES DE NICARAGUA CONCIENCIA

DECRETO A.N. No. 715

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades;

Ha Dictado

El siguiente:

Decreto

Arto. 1.- Otórgase Personalidad Jurídica a la Asociación Mujeres Nicaragüenses “Conciencia” Asociación Civil sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en la ciudad de Managua.

Arto. 2.- La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Arto. 3.- La Asociación Mujeres Nicaragüenses "Conciencia", estará obligada al cumplimiento de la ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás leyes de la República.

Arto. 4.- El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los once días del mes de Febrero de mil novecientos noventa y cuatro. Luis Humberto Guzmán Áreas Presidente de la Asamblea Nacional Francisco Duarte Tapia Secretario de la Asamblea Nacional.

Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua tres de Marzo de mil novecientos noventa y cuatro. Violeta Barrios de Chamorro, Presidente de la República de Nicaragua.
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