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Sin Vigencia
PERMISO AL EXCMO. SR. PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA GENERAL ANASTASIO SOMOZA PARA AUSENTARSE DEL PAÍS
RESOLUCIÓN LEGISLATIVA N°. 32, aprobada el 19 de mayo de 1976
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 112 del 21 de mayo de 1976
Permiso al Excmo. Señor Presidente de la República, General Anastasio Somoza, para Ausentarse del País
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
a sus habitantes.
Sabed:
Que el Congreso Nacional ha ordenado lo siguiente:
Resolución N° 32
La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua,
Resuelven:
Único: De conformidad con el inciso 7) del Arto. 149 Cn., y para los efectos del Arto. 186 de la misma Constitución Política, concédese permiso al Excelentísimo Señor Presidente de la República, General de División Don Anastasio Somoza Debayle, para salir del país en ejercicio de sus funciones, por el lapso de tres meses, pudiendo dentro de ese lapso, salir más de una vez. El periodo de este permiso se contará a partir de la fecha de su primera salida. Esta Resolución deberá publicarse en “La Gaceta”, Diario Oficial.
Dada en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. Managua, D. N., diecinueve de Mayo de mil novecientos setenta y seis. — (f) Cornelio H. Hüeck, Presidente. — (f) María Helena de Porras, Secretaria. — (f) Fernando Zelaya Rojas, Secretario.
Al Poder Ejecutivo. — Cámara del Senado. — Managua, D. N., 19 de Mayo de 1976. — (f) Pablo Rener, Presidente. — (f) Ramiro Granera Padilla, Secretario. — (f) Miguel Gómez Argüello, Secretario.
Por Tanto: Ejecútese. — Casa Presidencial. — Managua, Distrito Nacional, veinte de Mayo de mil novecientos setenta y seis. — (f) A. SOMOZA, Presidente de la República. — (f) J. Antonio Mora R., Ministro de la Gobernación”.