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Sin Vigencia
(OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA FUNDACIÓN POR AMOR A MI PUEBLO, PAMP)
DECRETO A.N. N°. 4053, aprobado el 02 de diciembre de 2004
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 7 del 11 de enero de 2005
DECRETO A.N. No. 4053
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
Hace saber al pueblo nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Arto. 1 Otórgase Personalidad Jurídica a la FUNDACIÓN POR AMOR A MI PUEBLO, PAMP, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la ciudad de León.
Arto. 2 La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Arto. 3 La FUNDACIÓN POR AMOR A MI PUEBLO, PAMP, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintiún días del mes de Octubre del año dos mil cuatro. CARLOS NOGUERA PASTORA, SECRETARIO DE LA ASAMBLEA NACIONAL. - MIGUEL LÓPEZ BALDIZON, SECRETARIO DE LA ASAMBLEA NACIONAL.
Por tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, dos de diciembre del año dos mil cuatro. - Enrique Bolaños Geyer, Presidente de la República de Nicaragua.