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Sin Vigencia
[OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA FUNDACIÓN PARA LA PROMOCIÓN Y EL PROGRESO COMUNITARIO (FUNPROCO)]
DECRETO A.N. N°. 2272, aprobado el 30 de junio de 1999
Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 155 del 16 de agosto de 1999
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
Hace saber al pueblo nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Arto. 1. Otórgase Personalidad Jurídica a la FUNDACIÓN PARA LA PROMOCIÓN Y EL PROGRESO COMUNITARIO (FUNPROCO), sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en la ciudad de Managua.
Arto. 2. La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma en que sus Estatutos lo determinen.
Arto. 3. La Fundación para la Promoción y el Progreso Comunitario (FUNPROCO), está obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los treinta días del mes de Junio de mil novecientos noventa y nueve. IVÁN ESCOBAR FORNOS, Presidente de la Asamblea Nacional. VÍCTOR MANUEL TALAVERA HUETE, Secretario de la Asamblea Nacional.
Por tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, nueve de Agosto de mil novecientos noventa y nueve, ARNOLDO ALEMÁN LACAYO, Presidente de la República de Nicaragua.