Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Municipal
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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DECRETO POR EL QUE SE FIJA LA LÍNEA DIVISORIA ENTRE MATAGALPA Y BOACO

DECRETO LEGISLATIVO, aprobado el 28 de enero de 1891

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 26 del 1° de febrero de 1891

Decreto por el que se fija la línea divisoria entre Matagalpa y Boaco

El Presidente de la República,

á sus habitantes

Sabed:

Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:

El Senado y Cámara de Diputados de la República de Nicaragua,

Decretan:

Art. 1° – Para determinar la línea divisora y jurisdiccional entre Matagalpa y Jinotega, se tomará como punto de partida el medio de la distancia entre las dos ciudades.

Art. 2° – El resto de la línea, será resuelto por los árboles nombrados ya por las respectivas Municipalidades de conformidad con la ley de 16 de febrero de 1886, asistidos por un Ingeniero nombrado y pagado por el Gobierno.

Art. 3° – En estos términos queda reformado el decreto ejecutivo del 1º de enero corriente.

Dado en el Salón de sesiones de la Cámara del Senado-Managua, 27 de enero de 1891 – Toribio Tigerino, S. P. – Santana Romero, S. S. – Víctor Cuadra, S. V. S.

Al P. E. Salón de sesiones de la Cámara de Diputados – Managua, 28 de enero de 1891 – H. Saballos h., D. P. – Rafael A. Rivas, D. S. – Juan Salinas, D. S.

Por tanto: Ejecútese – Managua, 28 de enero de 1891 – I. Chávez. – El Ministro de Gobernación, por la ley – José Madriz.

NOTA: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.
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