Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Sector Energético y Minero
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
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ACÉPTASE RENUNCIA PARCIAL DE CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN DE PETRÓLEO “EL ATLÁNTICO II” DE 23 DE MARZO DE 1968

DECRETO EJECUTIVO N°. 197-DRN, aprobado el 16 de junio de 1972

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 140 del 23 de junio de 1972

Aceptase Renuncia Parcial de Concesiones de Exploración de Petróleo "El Atlántico II" de 23 de Marzo 1968

Decreto N° 197—DRN


LA JUNTA NACIONAL DE GOBIERNO,

En uso de sus facultades,

V i s t o s :

Primero:
El escrito presentado por las firmas “Esso Nicaragua Inc”, y “Mobil Exploration Corporation”, en el que presentan su renuncia parcial de la Concesión de Exploración de petróleo denominada “El Atlántico II”, que tiene una extensión superficial de 260.363 hectáreas, la cual fue otorgada por Decreto N° 79 del 23 de Marzo de 1968 y en el que exponen que la firma "Mobil Exploration Corporation”, como dueña de la mitad pro-indiviso de la concesión, se reserva para continuar explorando, una extensión superficial de 19.000 hectáreas.

Segundo:El auto de la Dirección General de Riquezas Naturales dictado a las ocho de la mañana del día ocho de Junio de mil novecientos setenta y dos, en el que se ordena la emisión del Decreto por medio del cual se acepta la renuncia parcial de la concesión y se consigne claramente los detalles de ubicación y medida de la parte de dicha concesión que se reserva la "Mobil Exploration Corporation” para continuar sus exploraciones.

C o n s i d e r a n d o:

Que la concesión fue otorgada con una extensión de 260.363 hectáreas a favor de “Esso Nicaragua Inc”, quien según Resolución del 25 de Septiembre de 1968, traspasó a “Mobil Exploration Corporation” el 50% de sus derechos indivisos.

Que dicha concesión fue otorgada por Decreto N° 79—DRN del 23 de Marzo de 1968, con una duración de tres años, el cual fue prorrogado por tres años más por Decreto N° 150—DRN del 5 de Febre¬ro de 1971;


Que la renuncia parcial presentada está de acuerdo con las disposiciones del Arto. 120 de la Ley General sobre Explotación de las Riquezas Naturales, por lo que es procedente su aceptación.

P o r T a n t o :

Y de conformidad con las disposiciones de la Ley antes mencionada,

D e c r e t a :

Arto. 1°- Acéptase la renuncia parcial de la concesión de exploración de petróleo denominada “El Atlántico II”, que fue otorgada por Decreto N° 79—DRN del 23 de Marzo de 1968, prorrogado por Decreto N° 150—DRN del 5 de Febrero de 1971, la cual fue presentada conjuntamente por las firmas “Esso Nicaragua Inc.” y "Mobil Exploration Corporation".

Arto. 2°- Aclárase que de la concesión “El Atlántico II” antes mencionada, queda vigente una extensión superficial de (19.000) diecinueve mil hectáreas, a favor de la firma “Mobil Exploration Corporation”, área cuya ubicación es la siguiente :

Partiendo de un punto situado 82° 40’ de longitud Oeste y 12° 26’ 45” de latitud Norte se sigue con rumbo Sur a lo largo del meridiano 82° 40’ hasta el paralelo 12° 20’ ; continúa con rumbo Este a la intersección de 12° 20’ y 200mts. de profundidad del mar, de allí se sigue con rumbo Noreste al contorno de esa profundidad de 200 mts. hasta los 12° 26’ 45” Norte y luego continúa rumbo Oeste hasta encontrar el punto de origen.


Arto. 3°- Cópiese, notifíquese y publíquese en su oportunidad en el Diario Oficial “La Gaceta”.

Comuníquese. — Casa Presidencial, Managua, Distrito Nacional, a los dieciséis días del mes de Junio de mil novecientos setenta y dos.— JUNTA NACIONAL DE GOBIERNO.— (f) R. MARTINEZ L. — (f) F. AGÜERO. — (f) A. LOVO CORDERO. — Doy fe: C . H. Hüeck, Secretario. — Juan José Martínez L., Ministro de Economía, Industria y Comercio.
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