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Sin Vigencia
REGULACIÓN AÉREA 1-54
ACUERDO ADMINISTRATIVO 1-54, aprobado el 01 de febrero de 1954
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 40 del 18 de febrero de 1954
REGULACIÓN AÉREA No. 1-54
1.- A partir del 1o. de Febrero de 1954 se establece en 80 horas el máximum de horas de vuelo mensuales de las tripulaciones de las aeronaves en servicio de transporte de pasajeros y carga, con un extensión de 5 horas extra en los casos en que el límite sea sobrepasado por circunstancias extraordinarias.
2.- Queda sin efecto la Regulación Aérea emitida el 15 de Enero 1954, publicada en «La Gaceta» No. 15 del 20 del mismo mes. Francisco Gaitán C. Coronel G. N, Ministro de Aviación.