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Legislación de Nicaragua
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Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
Materia: Orden Interno

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DURANTE LA AUSENCIA DEL SUPREMO PODER DEL ESTADO QUEDA FACULTADO EL SEÑOR JENERAL EN JEFE DEL EJÉRCITO DE LA REPÚBLICA PARA LA CONSERVACIÓN DEL ORDEN Y SEGURIDAD EN LOS DEPARTAMENTOS DE ORIENTE Y MEDIODÍA

DECRETO EJECUTIVO, aprobado el 19 de marzo de 1856

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 22 del 22 de marzo de 1856

REPUBLICA DE NICARAGUA

MINISTERIO DE GOBERNACION


Granada Marzo 19 de 1856.


Señor Prefecto del Departamento de


El S.P.E. se ha servido a dictar el decreto que sigue:


El Presidente Provisorio de la República de Nicaragua á sus habitantes.


Habiendo decretado en esta fecha su traslación al Departamento Occidental en clase de visita; en uso de sus facultades.

DECRETA.

Art. 1° Durante la ausencia del S.P.E. queda facultado el Sr. Jeneral en Jefe del Ejercito de la República para la conservación de órden y seguridad en los departamentos de Oriente y Mediodía; poniendo en ejecución todos los medios que conduzcan al objeto.

Art. 2° En consecuencia: las autoridades civiles y de Hacienda de los mismos departamentos obedecerán sus ordenes.-

Dado en Granada á 19 de Marzo de 1856.- Patricio Rivas.

Y de suprema orden lo inserto á V. para su inteligencia y demás efectos, suscribiéndome su atento servidor.-
Salinas.

Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.
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