Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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OTORGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACIÓN DE APICULTORES DE EL SAUCE (APIELSA)

DECRETO A. N. N°. 657, aprobado el 01 de diciembre de 1993

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 235 del 13 de diciembre de 1993

OTORGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACIÓN DE APICULTORES DE EL SAUCE (APIELSA)

DECRETO A.N. No. 657

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades;

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO

Arto. 1.- Otórgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN DE APICULTORES DE EL SAUCE (APIELSA), Asociación Civil sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en la Ciudad de El Sauce, Departamento de León.

Arto. 2.- La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen Estatutos.

Arto. 3.- La Asociación de Apicultores de El Sauce (APIELSA), estará obligada al cumplimiento de Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de Lucro y demás leyes de la República.

Arto. 4.- El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, al Primer día del mes de Diciembre de mil novecientos noventa y tres.-Gustavo Tablada Zelaya, Presidente de la Asamblea Nacional Francisco Duarte Tapia, Secretario de la Asamblea Nacional.

Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua trece de Diciembre de mil novecientos noventa y tres.- Violeta Barrios de Chamorro, Presidente de la República de Nicaragua.
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