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Legislación de Nicaragua
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Categoría normativa: Decretos Legislativos
Materia: S/Definir

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Sin Vigencia

[OTORGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACIÓN ASOCIACIÓN REGIONAL DE SEMILLAS DE OCCIDENTE (ASORESEM-OCCIDENTE)]

DECRETO A.N. N°. 2757, aprobado el 28 de noviembre de 2000

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 240 del 19 de diciembre de 2000

Decreto A.N. N°. 2757

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo de nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades:

HA DICTADO

El siguiente

DECRETO

Arto. 1. Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN REGIONAL DE SEMILLAS DE OCCIDENTE (ASORESEM-OCCIDENTE), sin fines de lucro, de duración indefinida del domicilio de la Ciudad de León, Departamento de León.

Arto. 2. La representación legal de esta asociación será ejercida en la forma en que determinen sus Estatutos.

Arto. 3. La ASOCIACIÓN REGIONAL DE SEMILLAS DE OCCIDENTE (ASORESEM-OCCIDENTE), está obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la Republica.

Arto. 4. El presente Decreto entrara en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintiocho días del mes de Noviembre del dos mil – OSCAR MONCADA REYES Presidente de la Asamblea Nacional. - PEDRO JOAQUÍN RÍOS CASTELLÓN, Secretario de la Asamblea Nacional.

Por tanto, publíquese y ejecútese. Managua quince de Diciembre del año dos mil -ARNOLDO ALEMÁN LACAYO, Presidente de la Republica de Nicaragua.
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