AUTORIZAR AL PODER EJECUTIVO PARA EFECTUAR EN EL PRESUPUESTO DE INGRESOS Y EGRESOS VIGENTE, TRANSFERENCIA DE PARTIDAS DEL MINISTERIO DE HACIENDA
DECRETO LEGISLATIVO N°. 767, aprobado el 24 de octubre de 1962
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 265 del 20 de noviembre de 1962
Transferencia de Partidas en Hacienda
El Presidente de la República,
a sus habitantes,
Sabed:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
Decreto No. 767
La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua,
Decretan:
Arto. 1. — Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar en el Presupuesto de Ingresos y Egresos vigente, la siguiente transferencia de partidas del Ministerio de Hacienda.
Arto. 2. — La presente Ley entrará en vigor desde la fecha de su publicación en <La Gaceta>, Diario Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. — Managua, D.N. 10 de Octubre de 1962. — (f) J. J Morales Marenco, DP. — (f) J. Zepeda A., DS.,- (f) Juan. F. Cerna, D. S.
Al Poder Ejecutivo. — Cámara del Senado. Managua, D.N. 24 de octubre de 1962. — (f) José M. Zelaya C., S. P. — (f) Pablo Rener, SS. — (f) Enrique Belli, SS.
Por Tanto: Ejecútese. — Casa Presidencial. — Managua, D. N,, 30 de Octubre de 1952. — (f) LUIS A. SOMOZA D., Presidente de la República. — (f) Karl J. C. H. Hueck, Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda y Crédito Público.
Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.
El Decreto Legislativo Nº. 767, Autorizar al Poder Ejecutivo para Efectuar en el Presupuesto de Ingresos y Egresos Vigente, Transferencia de Partidas del Ministerio de Hacienda, se encuentra incorporado en el Anexo III, Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Sistema de Administración Financiera.