AUTORIZAR AL PODER EJECUTIVO PARA EFECTUAR TRANSFERENCIAS EN EL PRESUPUESTO GENERAL DE INGRESOS Y EGRESOS DE 1957
DECRETO LEGISLATIVO N°. 236, aprobado el 13 de junio de 1957
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 139 del 24 de junio de 1957
El Presidente de la República
a sus habitantes,
Sabed
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
DECRETO No 236
La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua
Decretan:
Arto 1o - Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos vigente las siguientes transferencias de partidas
Arto 2o – Autorízase también al Poder Ejecutivo para efectuar las siguientes transferencias Presupuestarias
Arto 3o – La presente Ley entrará en vigor desde su publicación en <La Gaceta>, Diario Oficial
Dado en el salón de Sesiones de la Cámara de Diputados – Managua, D. N, Mayo 30, 1957 – (f) Ulises Irías, D P. – (f) Juan J Morales Marenco, D S.- (f) F. Medina D S
Al Poder Ejecutivo – Cámara del Senado – Managua, D N, 13 de Junio de 1957.- (f) Leonardo Somarriba, S P.- (f) Pablo Rener, S S – (f) Francisco Machado Sacasa, S. S
Por Tanto: Ejecútese – Casa Presidencial – Managua, D N, 14 de Junio de 1957 – (f) LUIS A. SOMOZA D, Presidente de la República -(f) Karl J C H. Hueck, Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda y Crédito Público
Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.
El Decreto Legislativo Nº. 236, Autorizar al Poder Ejecutivo para Efectuar Transferencias en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de 1957, se encuentra incorporado en el Anexo III, Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Sistema de Administración Financiera.