IR A LEGISLACIÓN DE NICARAGUA
Legislación de Nicaragua
Normas Jurídicas
...
_Publicación oficial
Categoría normativa: Decretos Legislativos
Materia: S/Definir

Enlace a Legislación Relacionada
Sin Vigencia

[OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO RURAL DE LAS PILAS OCCIDENTALES, MASAYA (ADRUPOMA)]

DECRETO A.N. N°. 2457, aprobado el 07 de diciembre de 1999

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 08 del 12 de enero de 2000

DECRETO A.N. No. 2457

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades;

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO

Arto. 1. Otórgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN DE DESARROLLO RURAL DE LAS PILAS OCCIDENTALES, MASAYA (ADRUPOMA), sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en la Comarca de Las Pilas Occidentales del Municipio de Masaya. Departamento de Masaya.

Arto. 2. La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma en que sus Estatutos lo determinen.

Arto. 3. La Asociación de Desarrollo Rural de Las Pilas Occidentales, Masaya (ADRUPOMA), está obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Arto. 4. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta. Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional a los siete días del mes de Diciembre de mil novecientos noventa y nueve.-. IVAN ESCOBAR FORNOS, Presidente de la Asamblea Nacional.- VICTOR MANUEL TALAVERA HUETE, Secretario de la Asamblea Nacional.

Por tanto: Publíquese y ejecútese. Managua, tres de Enero del dos mil.- ARNOLDO ALEMÁN LACAYO, Presidente de la República de Nicaragua.
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
Complejo Legislativo "Carlos Núñez Téllez"
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Gral. Benjamín Zeledón, 7mo. Piso
Teléfono Directo: 2276-8460. Ext.: 281
Enviar sus comentarios a: Dirección de Información Legislativa