ACTUALIZACIÓN DEL REQUISITO DE CERTIFICADO DE ORIGEN EMITIDO POR LAS AUTORIDADES COMPETENTES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
RESOLUCIÓN EJECUTIVA Nº. 003-2026, aprobada el 20 de febrero de 2026
Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 36 del 25 de febrero de 2026
RESOLUCIÓN EJECUTIVA N° 003-2026
ACTUALIZACION DEL REQUISITO DE CERTIFICADO DE ORIGEN EMITIDO POR LAS AUTORIDADES COMPETENTES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA
Yo, RICARDO JOSÉ SOMARRIBA REYES, mayor de edad, soltero, Ingeniero Agrónomo, con domicilio en la ciudad de Managua, identificado con cédula de identidad ciudadana No 281-070258-0011M, en mi carácter de Director Ejecutivo del Instituto de Protección y Sanidad Agropecuaria (IPSA), según Acuerdo Presidencial No. 01-2017, del once de enero del año dos mil diecisiete, publicado en La Gaceta Diario Oficial Número Diez (10) del dieciséis de enero del año dos mil diecisiete.
CONSIDERANDO
I
Que el Instituto de Protección y Sanidad Agropecuaria tiene por objeto facilitar, normar, regular e implementar las políticas y acciones sanitarias y fitosanitarias que conlleven o se deriven de la planificación, normación y coordinación de las actividades nacionales vinculadas a garantizar, mantener y fortalecer la sanidad agropecuaria, acuícola, pesquera y forestal.
II
Que es facultad del Instituto de Protección y Sanidad Agropecuaria, establecer y fijar los requisitos sanitarios para la importación o ingreso en tránsito, de animales, productos y subproductos de origen agropecuario, acuícola y pesquero.
III
Que un certificado de origen es un documento oficial que certifica que un producto cumple con las reglas de origen aplicables, acreditando su obtención, producción o transformación en el territorio de las partes.
POR TANTO
En uso de las facultades que me confiere las Leyes N° 862 Ley Creadora del Instituto de Protección y Sanidad Agropecuaria, publicada en La Gaceta Diario Oficial N° 91 del 20 de mayo del año 2014 y N° 291, Ley Básica de Salud Animal y su Reglamento, publicados sus textos consolidados en La Gaceta Diario Oficial N° 148 del 10 de agosto del año 2021.
RESUELVO
PRIMERO: Eliminar a partir de la presente fecha, el requisito de certificación por parte de las cámaras de comercio, a los certificados de origen para importación de productos y subproductos de origen animal, animales vivos, material genético de animales, productos biológicos, insumos pecuarios y productos afines, emitidos por la Autoridad Competente de los Estados Unidos de América.
SEGUNDO: La presente Resolución Ejecutiva entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, en el Despacho Ejecutivo a los veinte días del mes de febrero del dos mil veintiséis, (f) Ricardo José Somarriba Reyes, Director Ejecutivo.