Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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[OTÓRGUESE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA FUNDACIÓN “INSTITUTO SINDICAL DE AMÉRICA CENTRAL Y EL CARIBE DE NICARAGUA” (“ISACC DE NICARAGUA”)]

DECRETO A. N. N°. 5528, aprobado el 09 de septiembre de 2008

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 207 del 28 de octubre de 2008

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades;

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO

Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la FUNDACIÓN “INSTITUTO SINDICAL DE AMÉRICA CENTRAL Y EL CARIBE DE NICARAGUA”, la que podrá identificarse con la abreviatura “ISACC de Nicaragua”; sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de Managua.

Art. 2 La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Art. 3 La FUNDACIÓN “INSTITUTO SINDICAL DE AMÉRICA CENTRAL Y EL CARIBE DE NICARAGUA”, la que podrá identificarse con la abreviatura “ISACC de Nicaragua”; estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los nueve días del mes de septiembre del año dos mil ocho. Ing. René Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional.- Dr. Wilfredo Navarro Moreira, Secretario de la Asamblea Nacional.
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Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
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Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 281.
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