AUTORÍZASE AL PODER EJECUTIVO PARA EFECTUAR EN EL PRESUPUESTO DE INGRESO Y EGRESOS VIGENTE TRANSFERENCIA DE PARTIDAS DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA
DECRETO LEGISLATIVO N°. 905, aprobado el 04 de marzo de 1964
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 83 del 16 de abril de 1964
Transferencia en Economía
«El Presidente de la República,
a sus habitantes,
Sabed:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
Decreto No. 905
La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua,
Decretan:
Arto. 1. — Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar en el Presupuesto de Ingresos y Egresos vigente la siguiente transferencia de Partidas del Ministerio de Economía:
Arto. 2. — Esta Ley comenzará a regir desde la fecha de su publicación en «La Gaceta», Diario Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados, — Managua, D. N., 29 de Enero de 1964. — (f) J. J. Morales Marenco, D. P — (f) Olga N. de Saballos, D.S. — (f) J. A. Romero C., D.S.
Al Poder Ejecutivo. — Cámara del Senado. — Managua, D. N., 4 de Marzo de 1964. — (f) Víctor Manuel Talavera T., S.P. — (f) Pablo Rener, S.S. — (f) Camilo Jarquín, S.S.
Por Tanto: Ejecútese. —Casa Presidencial. —Managua, D. N., 9 de Marzo de 1964 — (f) RENE SCHICK. Presidente de la República. — (f) Ramiro Sacasa Guerrero, Ministro de Hacienda y Crédito Público».
Observación: El Decreto Legislativo Nº. 905, Autorízase al Poder Ejecutivo para Efectuar en el Presupuesto de Ingreso y Egresos Vigente Transferencia de Partidas del Ministerio de Economía, se encuentra incorporado en el Anexo III, Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Sistema de Administración Financiera.