AUTORÍZASE AL PODER EJECUTIVO PARA EFECTUAR EN EL PRESUPUESTO DE INGRESOS Y EGRESOS VIGENTE, TRANSFERENCIA DE PARTIDAS DEL MINISTERIO DE HACIENDA
DECRETO LEGISLATIVO N°. 658, aprobado el 30 de marzo de 1962
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 82 del 06 de abril de 1962
El Presidente de la República,
a sus habitantes,
Sabed:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente,
DECRETO No. 658
La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua,
Decretan:
Arto. 1. — Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar en el Presupuesto de ingresos y Egresos vigente, la siguiente transferencia de partidas del Ministerio de Hacienda.
Arto. 2. — La presente Ley entrará en vigor desde la fecha de su publicación en La Gaceta Diario Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. — Managua D.N., 20 de Marzo de 1962, (f) J. J. Morales Marenco, DP. (f) Manuel F. Zurita, DS. — (f) José Zepeda Alaniz, DS.
Al Poder Ejecutivo.— Cámara del Senado, Managua, D.N., 30 de Marzo de 1862.— (f) Lorenzo Guerrero, SP.— Pablo Réner, SS.— (f) Humberto Bolaños O., SS.
Por Tanto: Ejecútese. — Casa Presidencial. — Managua, D.N., 3 de Abril de 1962. — LUIS A, SOMOZA D., Presidente de la República. (f) Karl J. C. H. Hueck, Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda y Crédito Público.
Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.
El Decreto Legislativo Nº. 658, Autorízase al Poder Ejecutivo para Efectuar en el Presupuesto de Ingresos y Egresos Vigente, Transferencia de Partidas del Ministerio de Hacienda, se encuentra incorporado en el Anexo III, Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Sistema de Administración Financiera.