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Legislación de Nicaragua
Normas Jurídicas
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Categoría normativa: Acuerdo Ejecutivo
Materia: Municipal

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Sin Vigencia

ACUERDO EJECUTIVO DE 16 DE JULIO DE 1862, APROBANDO LA DEMARCACIÓN JURISDICCIONAL HECHA POR LA PREFECTURA DEL MEDIODÍA ENTRE PUEBLO GRANDE I MOYOGALPA DE LA ISLA DE OMETEPE

ACUERDO EJECUTIVO, aprobado el 16 de julio de 1862

Publicado en el Código de la Legislación de la República de Nicaragua, del 01 de enero de 1864

Acuerdo ejecutivo de 16 de julio de 1862 aprobando la demarcación jurisdiccional hecha por la prefectura del medio dia entre Pueblo grande i Moyogalpa de la isla de Ometepe

EL GOBIERNO:

Con presencia de la demarcacion jurisdiccional que el señor Prefecto del departamento de Rivas hizo en 30 de junio último a las poblaciones de Pueblo Grande i Moyogalpa de la isla. de Ometepe: habiendo oído sobre ella los convenientes informes; i en. uso de sus facultades,

ACUERDA:

1°. Apruébase la demarcacion jurisdiccional hecha por el señor Prefecto de Rivas, en 30 de junio último, a las poblaciones de Pueblo Grande i Moyogalpa de la isla de Ometepe, i que esta contenida en el acuerdo que a la. letra dice:

“Clemente Santos, Prefecto del departamento de Rivas;

“Deseando cortar de raiz las cuestiones que de tiempo en tiempo i con motivo de la demarcacion de limites jurisdiccionales, se ajitan entre los pueblos de la isla de Ometepe; i considerando que la que se hizo en 1854, a mas de haber sido en calidad de para mientras, dejo al pueblo de Moyogalpa una jurisdiccion mui estensa, que no necesita por ser de pocos a habitantes,

ACUERDA:

"Art. 1° La línea que divide la jurisdiccion de los dos pueblos de la isla de Ometepe, conocidos con los nombres de Pueblo Grande i Moyogalpa, es una astronómica que sale de la punta de chilaite, al Norte; pasando por la de Cotoapa en el "Camino real" i por la falda Oeste del volcan de la Concepcion, i concluye en el paso de San José al Sur.

Art. 2°. El presente acuerdo se pondrá en conocimiento del Supremo Gobierno para su aprobacion; i oportunamente se comunicara a quienes corresponda."
Comuníquese.

Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.
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