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DECRETO LEJISLATIVO DE 19 DE MAYO DE 1853, MANDANDO FORMAR LA ESTADÍSTICA DEL PAÍS
DECRETO LEGISLATIVO, aprobado el 19 de mayo de 1853
Publicado en la Código de Legislación de la República Nicaragua, 01 de enero de 1864
Decreto lejislativo de 19 de mayo de 1853, mandando formar la estadística del pais.
Art. 1° El Gobierno, a la mayor brevedad i por los medios que estime conveniente, formará la estadística del pais con la exactitud posible. Esta operacion se repetirá cada cinco años.
Art. 2° La presente no exime a las municipalidades de la obligacion que les impone la lei de 11 de mayo de 1835 de hacer cada año la estadística de su respectiva poblacion.
Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.