Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Cultura
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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TEXTO CONSOLIDADO, DECLÁRESE DÍA DEL MAESTRO NICARAGÜENSE EL 29 DE JUNIO DE CADA AÑO

DECRETO LEGISLATIVO N°. 692, aprobado el 25 de junio de 2020

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 232 del 16 de diciembre de 2020

Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Cultura

El presente texto contiene incorporadas todas sus modificaciones consolidadas al 25 de junio de 2020, del Decreto Legislativo N°. 692, Declárese Día del Maestro Nicaragüense el 29 de junio de cada año, aprobado el 01 de abril de 1978 y publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 119 del 1 de junio de 1978, y se ordena su publicación en La Gaceta, Diario Oficial, conforme la Ley N°. 963, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense, publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 203 del 25 de octubre de 2017 y la Ley N°. 1032, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Cultura, aprobada el 25 de junio de 2020.

Declárese Día del Maestro Nicaragüense el 29 de junio de cada año

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

A sus habitantes

Sabed:

Que el Congreso Nacional ha ordenado lo siguiente:

DECRETO N°. 692

La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua,

DECRETAN

Artículo 1 Declárese Día del Maestro Nicaragüense el 29 de junio de cada año, para conmemorar la gesta patriótica del Maestro y Héroe Nacional Enmanuel Mongalo y Rubio del 29 de junio de 1885.

Artículo 2 La presente Ley principiará a regir a partir de la fecha de su publicación en “La Gaceta”, Diario Oficial y deroga toda disposición que se le oponga.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. Managua, D. N., nueve de noviembre de mil novecientos setenta y siete.- (f) Cornelio H. Hüeck, Presidente.- (f) Antonio Coronado Torres, Secretario.- (f) Fernando Zelaya Rojas, Secretario.

Al Poder Ejecutivo.- Cámara del Senado.- Managua, D.N., uno de abril de 1978.- (f) Pablo Rener, Presidente.- (f) Ramiro Granera Padilla, Secretario.- (f) Raúl Arana Montalván, Secretario.

Por Tanto: Ejecútese. Casa Presidencial. Managua, D. N., tres de abril de mil novecientos setenta y ocho.- (f) A. SOMOZA, Presidente de la República.- (f) María Helena de Porras, Ministro de Educación Pública.

NOTA DE CONSOLIDACIÓN. Este texto contiene incorporadas las modificaciones producidas por Fe de Erratas del Decreto Legislativo N°. 692, Declárase Día del Maestro Nicaragüense el 29 de Junio de cada año, publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 46 del 9 de marzo de 2009.

Dado en el Salón de Sesiones de la Asamblea Nacional, en la ciudad de Managua a los veinticinco días del mes de junio del año dos mil veinte. MSP. Loria Raquel Dixon Brautigam, Primera Secretaria de la Asamblea Nacional.
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