ACUERDO EJECUTIVO DE 16 DE MAYO DE 1862, DEMARCANDO LA LÍNEA DIVISORIA ENTRE LOS DEPARTAMENTOS DE MATAGALPA I GRANADA
ACUERDO EJECUTIVO S/N, aprobado el 15 de mayo de 1862
Publicado en el Código de Legislación de la República de Nicaragua, Libro 4°, 5°, 6° y 7° del 01 de enero de 1864
Acuerdo Ejecutivo de 16 de mayo de 1862, demarcando la línea divisoria entre los departamentos de Matagalpa i Granada
EL GOBIERNO:
Considerando: que es necesario demarcar la línea divisoria entre los departamentos de Granada i Matagalpa; tanto para evitar cuestiones entre los pueblos, como por ser conveniente a la administración pública; en uso de sus facultades,
ACUERDA:
1° La línea divisoria entre el departamento de Matagalpa i Granada, parte del valle de Jocote dulce, i termina ene l de las Animas, situado a orillas del Río Grande. Sus principales mojones son los siguientes: 1° el cerro de Cacalotepe, al Norte de Jocote dulce; 2° el cerro Pando, en dirección al Occidente; 3° la Concepción de Guevara, quedando ésta por de Matagalpa; 4° el antiguo valle titulado, Nombre de Dios; 5° el de San Isidro, quedando el valle en jurisdicción de Granada; 6° el cerro de las Uvas; 7° el calle de las Animas, quedando éste por de Matagalpa.
2° Comuníquese a quienes corresponde.
Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.
El Acuerdo Ejecutivo S/N, Acuerdo Ejecutivo de 16 de Mayo de 1862, Demarcando la Línea Divisoria entre los Departamentos de Matagalpa i Granada, se encuentra incorporado en el Anexo III Registro de Normas sin vigencia o Derecho histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Municipal.