ACTUALIZACIÓN DE LA TARIFA 2026 DEL IMPUESTO DE TIMBRES FISCALES (ITF)
ACUERDO MINISTERIAL Nº. 008-2025, aprobado el 11 de diciembre de 2025
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 4 del 09 de enero de 2026
ACUERDO MINISTERIAL Nº. 008-2025
EL MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
ACTUALIZACIÓN DE LA TARIFA 2026 DEL IMPUESTO DE TIMBRES FISCALES (ITF)
CONSIDERANDO
I
Que el artículo 240 de la Ley Nº. 822 “Ley de Concertación Tributaria” y sus Reformas, establece que la cuota del ITF, será actualizada anualmente, tomando como referencia el mayor entre la devaluación anual del tipo de cambio oficial del Córdoba con respecto al dólar de los Estados Unidos de América y la tasa de inflación anual del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que publica el Banco Central de Nicaragua (BCN), observadas en los últimos doce meses disponibles.
II
Que el artículo 240 de la precitada Ley, en su último párrafo, dispone que la actualización de la cuota del ITF será calculada y publicada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, mediante acuerdo ministerial, durante los primeros veinte días del mes de diciembre previo a su entrada en vigencia.
POR TANTO
En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº. 290 “Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo”, cuyo texto consolidado fue publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 170 del 21 de septiembre del 2023, y sus Reformas; y el artículo 240 de la Ley Nº. 822, “Ley de Concertación Tributaria” publicada en la Gaceta, Diario Oficial Nº. 241 del 17 de diciembre del 2012, y sus Reformas.
ACUERDA
ACTUALIZAR Y PUBLICAR LA TARIFA DEL IMPUESTO DE TIMBRES FISCALES (ITF)
PRIMERO: Actualizar y publicar la cuota del ITF, el cual, se pagará de conformidad con las siguientes tarifas aplicables a partir del 1 de enero de 2026:
La tasa interanual de los últimos doce meses disponibles utilizada para el cálculo es la siguiente:
Una tasa de variación interanual del Índice de Precios al Consumidor (IPC) de 2.9% al 30 de noviembre de 2025.
Asimismo, la tarifa aplicable se redondeó al número entero menor más cercano, para el año 2026.
SEGUNDO: Este Acuerdo Ministerial deja sin efecto el Acuerdo Ministerial Nº. 006-2024, “Actualización de la Tarifa del Impuesto de Timbres Fiscales (ITF)”, emitido y publicado en la página web del Ministerio de Hacienda y Crédito Público a los dieciocho días del mes de diciembre de 2024.
TERCERO: El presente Acuerdo Ministerial se publicará en la página web del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los once días del mes de diciembre del año dos mil veinticinco. (f) Nicolás Espinoza Rivera, Viceministro