AUTORÍZASE AL PODER EJECUTIVO PARA EFECTUAR EN EL PRESUPUESTO DE INGRESOS Y EGRESOS VIGENTE, TRANSFERENCIA DE PARTIDA DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
DECRETO LEGISLATIVO N°. 333, aprobado el 10 de junio de 1958
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 157 del 14 de julio de 1958
Transferencia de Partida en Educación
El Presidente de la República,
A sus habitantes,
Sabed:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
DECRETO No. 333
La Cámara de Diputados y la Cámara de Senado de la República de Nicaragua,
Decretan:
Arto.1o. — Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar en el Presupuesto de Ingresos y Egresos vigente la siguiente transferencia de Partida del Ministerio de Educación Pública:
Arto.2o — La presente Ley entrará en vigencia desde su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados, Managua, D.N., Junio 4 de 1958. — (f) A. Montenegro, D.P. — (f) F. Medina, D.S. — (f) J. Castillo A., D.S.
Al Poder Ejecutivo. — Cámara del Senado, Managua, D.N., 10 de Junio de 1958. — (f) José María Zelaya, S.P. — (f) Pablo Rener, S.S.
Por Tanto Ejecútese — Casa Presidencial, Managua, D.N., 11 de Junio de 1958. — (f) LUIS A. SOMOZA D., Presidente de la República — (f) J.J. Lugo Marenco, Ministro de Hacienda y C. P. por la Ley.
Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.
El Decreto Legislativo Nº. 333, Autorízase al Poder Ejecutivo para Efectuar en el Presupuesto de Ingresos y Egresos Vigente, Transferencia de Partida del Ministerio de Educación Pública, se encuentra incorporado en el Anexo III, Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Sistema de Administración Financiera.