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Legislación de Nicaragua
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Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
Materia: Seguridad y Defensa Nacional
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Sin Vigencia

SE DECRETA EL ESTADO DE SITIO EN LOS DEPARTAMENTOS DE LEÓN Y CHINANDEGA

DECRETO EJECUTIVO, aprobado el 24 de noviembre de 1931

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 253 del 25 de noviembre de 1931

DECRETO

El Presidente de la República,

Considerando:

Que en los Departamentos de León y Chinandega ha aparecido un grupo de hombres armados que entraron a saco en la ciudad de Chichigalpa y merodean en sus alrededores, amenazando algunas haciendas y pueblos de ambos departamentos;

CONSIDERANDO:

Que es deber del Ejecutivo dictar las medidas necesarias para el mantenimiento del orden y la tranquilidad de la República y poder dar así mejores garantías a la propiedad. En uso de sus facultades y de conformidad con el artículo 111, Inc. 16 Cn. En Consejo de Ministros,

Decreta:

— Declárense en Estado de Sitio propiamente dicho, los departamentos de León y Chinandega al tenor de lo dispuesto en el artículo 62 de la misma Constitución.

— El presente decreto entrará en vigor desde su publicación por bando en las cabeceras de los aludidos departamentos.

Dado en León, a los veinticuatro días del mes de noviembre de mil novecientos treinta y uno. J. M. MONCADA. - ANTONIO FLORES V. - LEONARDO ARGUELLO - ANT. BARBERENA. - J. R - SEVILLA. - V. M. ROMÁN.

NOTA: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.
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