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Categoría normativa: Decretos Legislativos
Materia: Administrativa


INSTALACIÓN DE LA ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE

DECRETO LEGISLATIVO S/N, aprobado el 15 de octubre de 1893

Publicado en La Gaceta Oficial N°. 68 del 17 de septiembre de 1893

La Junta de Gobierno de la República de Nicaragua,

á sus habitantes

Sabed:

Que los Representantes del Pueblo

han ordenado lo siguiente:

La Representación Nacional Constituyente,

Decreta:

Único- Declárase legal y solemnemente instalada la Asamblea Constituyente de la República.

Dado en el Salón de Sesiones de la Asamblea Constituyente, en Managua, á las dos de la tarde del 15 de Septiembre de 1893. - Francisco Baca, D. P. - Ag. Duarte, D. S. - Serapio Orozco, D. S.

Por tanto: Publíquese- Managua, 15 de Septiembre de 1893. J. S. Zelaya - Anastacio J. Ortiz - F. Baca h. - Pedro Balladares - El Ministro de la Gobernación, José Madriz.

Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.

El Decreto Legislativo S/N, Instalación de la Asamblea Nacional Constituyente, se encuentra incorporado en el Anexo III Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Administrativa.
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