DISPOSICIÓN RELATIVA A LOS CERTIFICADOS DE ESTUDIOS
DECRETO EJECUTIVO S/N, aprobado el 26 de octubre de 1899
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 918 del 04 de noviembre de 1899
Disposición relativa á los certificados de estudio
El Presidente de la República,
Decreta:
Único — Señalar corno término para obtenerlos certificados de estudios que los cursantes de Jurisprudencia y Medicina hayan hecho con Profesores particulares, tres meses, contados desde la fecha de la publicación del Decreto Legislativo de 27 de Septiembre del corriente año, en adelante, pues fuera de este tiempo no serán válidos.
Comuníquese — Managua, 26 de Octubre de 1899. — J. S. Zelaya — El Ministro de Instrucción Pública, J. Sansón.
Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.
El Decreto Ejecutivo S/N, Disposición Relativa a los Certificados de Estudios, se encuentra incorporado en el Anexo III Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Educación.