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Sin Vigencia
OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACIÓN DESARROLLO SOCIAL COMUNITARIA DE SAN MIGUEL (A.S.M.)
Decreto A.N. N°. 1281, aprobado el 09 de abril de 1996
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 108 del 11 de junio de 1996
OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACIÓN DESARROLLO SOCIAL COMUNITARIA DE SAN MIGUEL (A.S.M.)
Decreto A. N. N°. 1281
El Presidente de la República de Nicaragua
Hace saber al pueblo nicaragüense que:
La Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
En uso de sus facultades;
Ha Dictado
El siguiente:
Decreto
Arto. 1.- Otórgase Personalidad Jurídica a la Asociación de Desarrollo Social Comunitaria de San Miguel (A.S.M.), Asociación Civil sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en la Ciudad de Masaya.
Arto. 2.- La Representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Arto. 3.- La Asociación de Desarrollo Social Comunitaria de San Miguel, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás leyes de la República.
Arto. 4.- El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los nueve días del mes de Abril de mil novecientos noventa y seis.-Cairo Manuel López.-Presidente de la Asamblea Nacional.- Jaime Bonilla Secretario de la Asamblea Nacional.
Por Tanto: Publíquese y Ejecútese Managua, dos de Mayo de mil novecientos noventa y seis.-Violeta Barrios de Chamorro.-Presidente de la República de Nicaragua.