Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Sector Energético y Minero
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
Abrir Gaceta
-

Enlace a Legislación Relacionada
Sin Vigencia

OTÓRGASE A EMPRESA MINERA SIQUIA, S.A., CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN DE MINERALES DE ORO, PLATA, COBRE, PLOMO Y ZINC

DECRETO EJECUTIVO Nº. 119-DRN, aprobado el 30 de agosto de 1969

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 25 del 30 de enero de 1970

OTÓRGASE A EMPRESA MINERA SIQUIA, S.A., CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN DE MINERALES

JUAN JOSE MARTINEZ L.
MINISTERIO DE ECONOMIA; INDUSTRIA Y COMERCIO

C E R T I FI C A:

Que en el Tomo III, folios 25, 26 y 27 del Libro de Decretos, Acuerdos y Resoluciones, dictados en asuntos relacionados con la Ley General sobre Explotación de las Riquezas Naturales se encuentra el Decreto que literalmente :

“Decreto Nº. 119 DRN

El Presidente de la República,

1.—Visto el expediente instruido por la Dirección General de Riquezas Naturales, en base a la solicitud que le fue presentada a las nueve horas y quince minutos del día veinticinco de abril de mil novecientos sesenta y nueve, por el Sr. Alejandro Gómez César, mayor de edad, comerciante, soltero y de este domicilio, para que se le otorgue una Concesión de Exploración de minerales de oro, plata, cobre, plomo y zinc, por un término no mayor de dos años, sobre una zona de 112,5 kilómetros cuadrados, localizada en jurisdicción de Ciudad Rama, Departamento de Zelaya, habiendo sido delimitada por el interesado de la siguiente manera: Tomando el punto de partida A que se encuentra ubicado entré los 120° 16´ aproximados de latitud Norte y 84° 23´ de longitud Oeste. De este punto se miden 6 kilómetros al Norte Franco y se marca el punto B. De este punto se miden 15 kilómetros al Oeste Franco y se marca el punto C. De este punto se miden 8 kilómetros con rumbo Sur Franco y se marca el punto D. De este punto se miden 15 kilómetros con rumbo Este Franco y se marca el punto E, y de este punto se miden 2 kilómetros con rumbo Norte Franco y se llega al punto de partida A, cerrando así el perímetro del área solicitada.

2.—El escrito presentado a las diez de la mañana del día diez de Julio de mil novecientos sesenta y nueve, en que el Sr. Alejandro Gómez César manifiesta que la Concesión solicitada por él debe ser otorgada a favor de la firma “Empresa Minera Siquia, S. A.”

3.—El escrito presentado a las doce de la mañana del día 17 de Julio de 1969 por el Sr. Carlos Vigil Pevedilla, Presidente de la "Empresa Minera Siquia, S. A.” aceptando el traspaso y responsabilizándose de la misma, en el cumplimiento de las obligaciones por ésta adquirida.

Considerando:

Que la solicitud fue presentada ante la autoridad competente, en la forma y con los requisitos de Ley, habiéndose observado en su tramitación todos los preceptos legales.

Que es de beneficio para la economía nacional, el establecimiento de empresas destinadas a la exploración de minerales, que cuenten con suficiente capacidad para garantizar el éxito de sus operaciones.

Por Tanto:

De conformidad con lo expuesto y lo establecido en el Arto. 99 de la Constitución Política y de acuerdo con la Ley General sobre Explotación de las Riquezas Naturales y la Ley Especial sobre Exploración y Explotación de Minas y Canteras,
Decreta:

Primero: Otorgar a la Compañía "Empresa Minera Siquia, S. A.”, una Concesión de Exploración de Minerales de Oro, Plata, Cobre, Plomo y Zinc, por el término de dos años, de una superficie de 112.5 kilómetros cuadrados, localizada en la jurisdicción de Ciudad Rama, Departamento de Zelaya, con los detalles de localización y de medida que constan en la solicitud respectiva y relacionados en el presente Decreto.

Segundo: Esta Concesión otorga a la solicitante los privilegios establecidos en la Ley General sobre Explotación de las Riquezas Naturales y en la Ley Especial sobre Exploración y Explotación de Minas y Canteras, y le impone las obligaciones contenidas en esas mismas leyes.

Tercero: Queda obligada la Empresa Minera Siquia, S. A., a efectuar dentro de los límites de la Concesión, los trabajos de exploración, que corresponden conforme a la técnica minera, con una inversión mínima anual de C$240,000,00 córdobas, so pena de cancelarla, si no cumple.

Cuarto: Queda obligada la firma "Empresa Minera Siquia, S. A.” a respetar los derechos mineros que con anterioridad a este Decreto, hayan sido otorgados y que en la actualidad se encuentren vigentes.

Quinto: Este Decreto comenzará a regir a partir de la fecha en que se libre el Título correspondiente. Notifíquese, inscríbase y publíquese en su oportunidad en "La Gaceta", Diario Oficial.

Dado en Casa Presidencial. Managua, Distrito Nacional, a los trece días del mes de Agosto de mil novecientos sesenta y nueve.—A. SOMOZA D(f) Juan José Martínez L., Ministro de Economía, Industria y Comercio”.

Asimismo certifica el Escrito de aceptación y a la Resolución que a la letra dicen respectivamente: “Señor Director de Riquezas Naturales: Recibí Decreto 119 DRN, referencia a la Concesión de Exploración del Señor Don Alejandro Gómez César, la cual queda anexada a la Empresa Minera Siquia, S. A. , de acuerdo con los incisos Nos. 2 y 3 del referido Decreto.

En tal virtud, como Presidente de Empresa Minera Siquia, S.A., acepto en todas sus partes el Decreto respectivo, con el debido respeto a nuestras leyes de la República. Agradeciendo a Ud. Me suscribo de Ud., como su muy Atto. y S:S., Carlos Vigil P.

Presentado por el Señor Carlos Vigil Pevedilla a las doce horas y cuarenta minutos del día dieciocho de Junio de mil novecientos sesenta y nueve. — (f) Francisco Boza Paiz, Director General de Riquezas Naturales a.i.

“Resolución Nº 274 DRN

Ministerio de Economía, Industria y Comercio. — Managua, D.N., 8 de Octubre de 1969. Las nueve de la mañana. Habiendo manifestado a este Ministerio el Sr. Carlos Vigil Pevedilla la aceptación del Decreto Ejecutivo Nº 119 DRN, de fecha trece de Agosto de mil novecientos sesena y nueve por el cual se otorga a la Empresa Minera Siquia, S.A., una Concesión de Exploración de minerales de oro, plata, cobre, plome y zinc, por el término de dos años, sobre un área de 112.5 kilómetros cuadrados, localizados en el Departamento de Zelaya y habiendo constituido el interesado el Depósito de Garantía por la cantidad de cincuenta mil córdobas.

Por tanto se autoriza a la Compañía Empresa Minera Siquia, S.A., para que inicie sus operaciones de Exploración. Líbrese Certificación del referido Decreto, de la aceptación del mismo y de esta Resolución, para guarda de sus derechos. —(f) Juan José Martínez L., Ministro de Economía, Industria y Comercio.”.

Y a solicitud del Sr. Alejandro Gómez César, se extiende la presente certificación, que constituye el Título Original dela Concesión de Exploración de Minerales de Oro, Plata, Cobre, Plomo y Zinc otorgada, cuyo plazo deberá contarse a partir de esta fecha, firmada, rubricada y sellada con el sello del Ministerio de Economía, en cada uno de sus folios, y refrendada por el Decreto General de Riquezas Naturales en la ciudad de Managua, D.N., a las diez de la mañana del veintiuno de Octubre de mil novecientos sesenta y nueve. Se hace constar que se agregan y cancelan Timbres Fiscales por valor de Doscientos Córdobas de conformidad a la Ley.
JUAN JOSE MARTINEZ L.
Ministro de Economía, Industria y Comercio

DR. FRANCISCO BOZA PAIZ
Director General de Riquezas Naturales a.i.
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Benjamín Zeledón, 7mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 281.
Enviar sus comentarios a: División de Información Legislativa



Nota: Cualquier diferencia existente entre el Texto de la Ley impreso y el publicado aquí, solicitamos sea comunicado a la División de Información Legislativa de la Asamblea Nacional de Nicaragua.