Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Municipal
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
Abrir Gaceta
-

Enlace a Legislación Relacionada
Sin Vigencia

SE SUPRIME EL MUNICIPIO Y GOBIERNO MUNICIPAL DE SAN JUAN DEL SUR

DECRETO EJECUTIVO, aprobado el 15 de junio de 1896

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 29 del 25 de junio de 1896

Se suprime el Gobierno Municipal de San Juan del Sur

En atención al informe oficial que han dado á este Ministerio las autoridades principales del puerto de San Juan del Sur, acompañado el censo de la población y demostrando que no exceden de cuatrocientos los vecinos de aquel puerto y que por lo mismo no puede conforme á la ley existir el Municipio que allí se ha establecido en el supuesto de que allí había una población mayor. Considerando: además que de dicho informe oficial aparece también comprobado que la población de San Juan del Sur se compone en su casi totalidad de personas jornaleras y labradoras, que carecen de aptitudes y para el desempeño del Gobierno Local, el Presidente de la República, decreta:

1°. – Suprímese el Gobierno Municipal de San Juan del Sur, mientras su población no aumente hasta el número requerido por la ley.

2°. – El Señor Gobernador é Intendente queda encargado de la ejecución del presente decreto.

3°. – Dése cuenta á la próxima Legislatura.

Comuníquese – Managua, 15 de Junio de 1896 – J. S. Zelaya – El Ministro de la Gobernación – José D. Gámez.

NOTA: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Benjamín Zeledón, 7mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 281.
Enviar sus comentarios a: División de Información Legislativa



Nota: Cualquier diferencia existente entre el Texto de la Ley impreso y el publicado aquí, solicitamos sea comunicado a la División de Información Legislativa de la Asamblea Nacional de Nicaragua.