IR A LEGISLACIÓN DE NICARAGUA
Legislación de Nicaragua
Normas Jurídicas
...
_Publicación oficial
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
Materia: Aduanas

Enlace a Legislación Relacionada
Sin Vigencia

DISPOSICIÓN DE LA COMISIÓN CENTRAL ADUANERA

DECRETO EJECUTIVO N°. 3, aprobado el 27 de agosto de 1956

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 200 del 01 de septiembre de 1956

No 3

El Presidente de la República,

A insinuación de la Comisión Central Aduanera y en uso de las facultades que le concede el Arto. 23 del
Código Arancelario de Importaciones:

Decreta:

Arto. 1o.— La Nota (1) bajo sub-partida 656—05—03 del Código Arancelario de Importaciones se leerá así: «Los mosquiteros manufacturados de tules o puntos de algodón, lisos y de tejidos uniforme de forma exagonal, que no contengan más de 8 exágonos en un cuadrado que tenga 6 m.m. por lado, y los mismos manufacturados de tejidos de algodón o rayón, son libres de todo gravamen».

Arto. 2o.—   Esta ley empezará a regir desde su publicación en «La Gaceta», Diario Oficial.

Dado en Casa Presidencial.— Managua, D.N., a los veintisiete días del mes de Agosto de mil novecientos cincuenta y seis.- (f) A. SOMOZA, Presidente de la República.- (f) Rafael A. Huezo, Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda y Crédito Público.
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
Complejo Legislativo "Carlos Núñez Téllez"
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Gral. Benjamín Zeledón, 7mo. Piso
Teléfono Directo: 2276-8460. Ext.: 281
Enviar sus comentarios a: Dirección de Información Legislativa