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DECRETO, CREANDO SUBSECRETARÍAS DE ESTADO Y DESIGNANDO LAS PERSONAS QUE DEBEN DESEMPEÑARLAS
DECRETO EJECUTIVO, aprobado el 01 de septiembre de 1880
Publicado en La Gaceta Oficial N°. 39 del 04 de septiembre de 1880
Decreto, creando Subsecretarías de Estado y designando las personas que deben desempeñarlas.
El Gobierno
En uso de sus facultades,
Decreta:
Art. 1° Los Jefes de Seccion de que habla el número I, & XII del Reglamento del Poder Ejecutivo, emitido en 6 de Marzo de 1878, se elevan á categoría de Subsecretarios en los ramos respectivos, y disfrutarán de la dotacion de ochenta pesos mensuales.
Art. 2° A más de las atribuciones que señala el referido Reglamento, ejercerán las funciones de Secretarios de Estado en las faltas temporales de los respectivos Ministros.
Art. 3° El señor don Agustín García servirá la Subsecretaría de Gobernación, Justicia y Negocios Eclesiásticos: el señor Lic. don Francisco J. Medina la de Relaciones Exteriores, Fomento e Instrucción Pública; y el señor don Pedro R. Ortega, la de Hacienda, Guerra y Marina.
Art. 4° El presente decreto comenzará á regir desde esta fecha y es reformatorio del Reglamento ya citado.
Dado en Managua á 1° de septiembre de 1880. - Joaquín Zavala - El Ministro encargado de la Gobernación, Ad. Cárdenas.
Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.