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Categoría normativa: Decreto Presidencial
Materia: S/Definir

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DECLÁRENSE ZONAS CATASTRADAS LOS MUNICIPIOS DE TEUSTEPE, SAN LORENZO, SANTA LUCÍA, BOACO Y ZONA URBANA DEL MUNICIPIO DE SAN JOSÉ DE LOS REMATES, DEL DEPARTAMENTO DE BOACO

DECRETO PRESIDENCIAL N°. 17-2022, aprobado el 25 de agosto de 2022

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 163 del 31 de agosto de 2022

Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional
Unida Nicaragua Triunfa

DECRETO PRESIDENCIAL No. 17-2022

El Presidente de la República de Nicaragua
Comandante Daniel Ortega Saavedra

CONSIDERANDO

Que se cuenta con las condiciones y los elementos técnicos y financieros suficientes para el establecimiento del Catastro Físico en los municipios de Teustepe, San Lorenzo, Santa Lucia, Boaco y zona urbana del municipio de San José de Los Remates, del Departamento de Boaco, conforme a la propuesta recibida de la Comisión Nacional de Catastro, según lo establece el numeral 19 del artículo 13 de la Ley No. 509, "Ley General de Catastro Nacional", publicada en La Gaceta, Diario Oficial Nº 11 del 17 de Enero del año 2005.

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política

HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO

DECLÁRENSE ZONAS CATASTRADAS LOS MUNICIPIOS DE TEUSTEPE, SAN LORENZO, SANTA LUCÍA, BOACO Y ZONA URBANA DEL MUNICIPIO DE SAN JOSÉ DE LOS REMATES, DEL DEPARTAMENTO DE BOACO

Artículo 1. Declárense Zonas Catastradas los Municipios de Teustepe, San Lorenzo, Santa Lucía, Boaco y zona urbana del municipio de San José de Los Remates, del Departamento de Boaco, para los efectos consignados en el artículo número 13, numeral 19 de la Ley Nº 509, "Ley General de Catastro Nacional", publicada en La Gaceta, Diario Oficial Nº 11 del 17 de enero del año 2005 y artículo número 47 de su Reglamento, Decreto Nº 62-2005, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº 176 del 9 de septiembre del año 2005.

Artículo 2. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, el día veinticinco de agosto del año dos mil veintidós. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua.
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